La propuesta que se presenta a
continuación se enmarca en la elaboración de una serie de reformas al Estado
venezolano que están en sintonía con los lineamientos generales de Econintech A.C., organización civil sin fines de lucro que
me invitó a escribir este artículo y con la que estoy enormemente agradecido. Abordo
la propuesta de un sistema único nacional tributario que plantea que los
impuestos sean captados sólo en los municipios y administrados de manera
directa por los ciudadanos. En estas líneas, intento describir de forma simple
y clara en qué consiste tal sistema desde las ópticas estructural,
administrativa y operacional, siempre con apego a los derechos naturales de los
ciudadanos (vida, propiedad y libertad de elegir), para evitar su violación. La
estructura sugerida pretende acercarse al minarquismo liberal como forma de
organización de gobiernos municipales.
1) REQUERIMIENTOS PREVIOS
Asumimos que el
Estado ya acogió la serie de reformas propuestas por Econintech A.C. en los
ámbitos político, económico y social aplicables a Venezuela, que son
fundamentales para el correcto desempeño
de la reforma tributaria que planteo. Entre tales reformas generales se
encuentran la devolución de las empresas del Estado a los ciudadanos a través
de un sistema de acciones, la entrega de la renta petrolera en dólares a los venezolanos
por nacimiento mayores de 18 años y la devolución de los centros de educación y
salud públicas a sus empleados; pero estos cambios estructurales serán
analizados por separado en otros artículos.
2)
TRIBUNAL
DE INDENTIFICACIÓN CIUDADANA Y DISTRIBUCIÓN INDIVIDUAL DE RETENCIONES
Este organismo
será una estructura municipal absolutamente independiente, es decir, no controlada
por ningún poder central como la presidencia de la república, las gobernaciones
o la alcaldía correspondiente. El organismo municipal propuesto desempeñará las
siguientes funciones:
a)
EMISIÓN
DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Entrega inmediata de la partida de nacimiento a
todo ciudadano que nazca en cualquier parroquia del municipio, con material de
seguridad similar al que usan los fabricantes de moneda.
b) EMISIÓN
DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD. Entrega del documento de identidad a cualquier
ciudadano que lo solicite, luego de haber corroborado y emitido la partida de
nacimiento o el documento de naturalización.
a. CONTROL
ELECTORAL DE LA DEMOCRACIA. Preparación independiente de todo proceso
electoral relativo a cargos públicos del municipio, como alcalde y concejales,
así como también de cualquier elección que –por solicitud de los ciudadanos del
municipio– se haya acordado. Para el caso concreto de las elecciones a los
poderes de las provincias estatales y nacionales, como gobernaciones y consejos
legislativos de Estado, así como presidencia de la república, senadores y
congresistas, este tribunal se coordinará con los 334 tribunales municipales
restantes para, en conjunto, designar una junta ah hoc y comunicar los resultados electorales fuera de los límites
del municipio. Debo aclarar que dicha junta estatal y nacional quedará
destituida una vez haya concluido el proceso electoral, y el tribunal municipal
continuará con sus funciones habituales.
c) EMISIÓN
DE PASAPORTE. Entrega del pasaporte a los ciudadanos que presenten su
identificación en el municipio de acuerdo con los procedimientos
administrativos y de seguridad pertinentes. Los ciudadanos que por cualquier
razón se hayan mudado del municipio donde fueron presentados al nacer o al
naturalizarse podrán solicitar su cédula de identidad, partida de nacimiento o
pasaporte en cualquier tribunal de identificación de otro municipio o embajada,
sobre la base de su localización actual.
d) CONTROL
MIGRATORIO. Control de todo ciudadano extranjero que ingrese al territorio
nacional y desee solicitar residencia o naturalización como venezolano. El
proceso no será centralizado como ocurre actualmente, sino municipal, aunque sí
se regirá por las leyes nacionales descritas en las reformas políticas que integran
el trabajo de Econintech A.C., y que tendrán carácter y rango constitucional.
e) CONTROL DE INGRESOS POR RETENCIONES Y VOUCHERS INDIVIDUALES A CADA CIUDADANO
DEL MUNICIPIO
En la reforma tributaria nacional, desarrollada como
parte de las reformas económicas, se plantea una retención única al consumo
tanto para personas jurídicas como para personas naturales. Es de hacer notar
que el porcentaje de retención será directamente proporcional al consumo y no
podrá ser modificado salvo previa consulta plebiscitaria organizada a nivel
nacional, dado que ningún municipio podrá impulsar tributos adicionales que
violen la libertad de elegir y el derecho de propiedad sobre el dinero que
genera el trabajo de cada ciudadano. El espíritu subyacente es fomentar el uso
de instrumentos financieros (efectivo, criptomonedas, intercambios voluntarios
de bienes y servicios sin el uso de dinero fiduciario) que procuren reducir los
ingresos tributarios para obligar a los municipios y a la nación, en general, a
bajar constante y progresivamente el gasto público invirtiendo en nuevas
tecnologías que sustituyan trabajo humano burocrático estatal por sistemas
automatizados y robotizados que cumplan los servicios de administración
municipal, y que, de esa forma, los recursos generados en la economía sean
destinados al sector privado, que es el único generador de ahorro previo a la inversión
real espontánea en proyectos de nuevas industrias y comercios para la
generación de riqueza.
a. Ingresos por retenciones. Cada vez que
una empresa o un ciudadano consuma en cualquier parte del territorio nacional,
se retendrá un porcentaje acordado en referéndum. Tal porcentaje no podrá ser
más del 1% del ingreso que obtenga una empresa o individuo productor o
prestador de servicio (previamente acordado en referéndum nacional). Supongamos
que el 1% es el porcentaje acordado por referéndum nacional. Trataré de
explicar en seguida cómo sería el proceso operativo y administrativo de la
distribución de esta retención.
i.
Tabla
1. Ejemplo de distribución de las retenciones
a. Recepción individual de las retenciones de
cada uno de los ciudadanos del municipio
i.
Banca privada. El tribunal
de identificación contratará los servicios bancarios necesarios para que a las
empresas (personas jurídicas) y a los ciudadanos (personas naturales,
individuos), al vender sus productos o servicios, se les haga la retención pertinente
en una cuenta disponible en distintas instituciones financieras de forma
directa. Los funcionarios que trabajen en el tribunal de identificación no
podrán mover o gastar el dinero recaudado, dado que éste será inmediatamente distribuido
a través de un sistema de voucher personalizado
a cada uno de los ciudadanos venezolanos, según su documento de identificación.
El mecanismo funcionará como una tarjeta de pago de la que dispondrá cada persona
para hacer uso de esos fondos. El contrato con el banco debe ser muy explícito
en aclarar que dichos tributos serán distribuidos entre el número de tarjetas voucher activas en cada uno de los 335
municipios de Venezuela. Los antecedentes de este tipo de distribución de pago,
que dan consistencia a la propuesta, radican en el sistema que usan las
empresas que pagan sus nóminas a través de tarjetas de débito bancario y, más
específicamente, las empresas que pagan bonificaciones destinadas a un solo rubro,
como es el caso de las tarjetas que solo pueden ser usadas en estaciones de
combustible inscritas o afiliadas en la base de datos de quien otorga el
beneficio. Los datos que se presentan en la tabla 1 son sólo un ejemplo para
propósitos explicativos y nunca deberán ser considerados como una distribución
exclusiva, porque partimos del principio de que el beneficiario de la tarjeta voucher tiene libertad para gastar su
dinero en lo que desee.
ii.
Prestadores de servicios de
educación, salud, pensiones. Los colegios privados, liceos y
universidades en el área de la educación; las compañías de seguro de
hospitalización, cirugía y maternidaden el área de la salud; y los fondos de
pensiones deben inscribirse en el tribunal municipal para ser afiliados y poder
cobrar el voucher con el monto que el
ciudadano haya decidido invertir en cada uno de esos rubros. Como se observa en
el ejemplo de la tabla 1, los individuos voluntariamente deciden qué institución
tomar de acuerdo con sus preferencias; en otras palabras, el libre mercado de
la oferta en educación, salud y fondos de pensiones (ley de oferta y la
demanda) opera enlo relativo a la distribución de los recursos; el individuo decide
cuándo, cómo y dónde invertir o gastar. Los
ciudadanos A, C, G, E, I de esa tabla tienen
distintos montos de consumo para cada concepto. Lo mostramos así para destacar
el carácter de libre elección y distribución del gasto por parte del ciudadano.
iii.
Alcaldías. Las alcaldías deben negociar con el
ciudadano la fracción del monto del voucher
destinada a cubrir los gastos operativos de los servicios públicos, los
cuales podrán ser prestados por empresas privadas o públicas que hayan sido aprobadas
en referéndum. Una fracción de los fondos se debe destinar para el mantenimiento
del poder municipal (Alcalde, concejales y tribunales de justicia municipal) y como
cuota parte del municipio correspondiente para sostener el poder estatal
regional (gobernadores, legisladores regionales y tribunales de justicia
regionales) y el poder estatal nacional (poderes ejecutivo, legislativo y
judicial). Como lo sugiere el economista
venezolano Hugo J. Faría, la idea es que el ciudadano sea consultado respecto
del destino de los dineros públicos, con el objeto de que sea él quien tenga el
control directo de los ingresos nacionales provenientes de la tributación, a
fin de reducir el poder del Estado sobre el individuo. El flujo financiero
sería entonces como se muestra en la siguiente imagen:
i.
Fondos de
ahorros. Esta partida debe ser destinada al mantenimiento directo del
ejército nacional, con el objeto de evitar que el presupuesto de dicha
institución esté vinculado con los poderes públicos del Estado regional y del Estado
nacional. Las erogaciones correspondientes deben basarse en un acuerdo nacional
de las 335 alcaldías y sus consejos municipales, previa aprobación de los
tribunales de justicia municipal. El objetivo es que el poder militar dependa
financieramente de los ciudadanos del municipio y que esos fondos estén
presupuestados con anterioridad para que, en caso de emergencias nacionales,
sean los ciudadanos quienes hagan desembolsar el ahorro de esa partida y
atender de forma inmediata las emergencias. El ejército seguirá comandado por
la presidencia de la república y vigilado por el tribunal supremo de justicia y
el poder legislativo nacional, pero con un control financiero adicional: el
desembolso de fondos directos de los voucher
manejados y administrados por los ciudadanos. Es responsabilidad de las fuerzas
armadas presentar el presupuesto anual de sus costos y gastos para que cada
alcaldía, en sus concejos municipales, lo apruebe o no y ordene a los poderes
públicos, como la presidencia, tribunal supremo y poder legislativo nacional, el
control de dicha institución.
Consideraciones finales
Como lo indiqué antes, esta
propuesta está inserta en el resto de las reformas políticas, económicas y
sociales que Econintech A.C. está desarrollando; tales reformas deben ser
ejecutadas en conjunto para que funcionen de manera apropiada, sobre todo en lo
que respecta a la libertad monetaria y a un sistema financiero abierto en
fronteras que complemente la oferta de servicios no solo financieros sino
también de educación, salud y pensiones, y que incluso puedan ser provistos por
institutos y empresas internacionales. Espero continuar desarrollando propuestas
que se apeguen a los lineamientos de libertad y empoderamiento ciudadano que propone
Econintech A.C.
SEGUNDA PARTE:
AUTOMATIZACIÓN CON LA TECNOLOGÍA BLOCKCHAIN
PROCESO DE PAGO DE TRIBUTOS A LAS ALCALDÍAS POR
PARTE DEL CIUDADANO
Describimos el proceso de pago de
tributos de los ciudadanos a las alcaldías, tributos cuyos montos serán
cubiertos con un porcentaje del total depositado a cada ciudadano en su tarjeta
voucher y que constituirán el único pago
obligatorio que se erogará a las alcaldías, en consistencia con los montos o
porcentajes acordados en referéndum previo. Describimos los distintos
mecanismos y alternativas de pago con el objeto de evitar potenciales cuellos
de botella y burocracia que dificulten a los individuos efectuar el pago de sus
responsabilidades tributarias en el municipio donde ellos residan, dentro del
territorio nacional.
CONTROL Y AUDITORÍA
a. Tribunal de identificación
i.
Sección de control de retenciones y voucher
El flujograma anterior sugiere
que el tribunal de identificación municipal tendrá entre sus funciones auditar
y controlar el uso que las alcaldías hagan de los tributos recibidos, a los
efectos de garantizar que los mismos sólo se eroguen para cubrir costos
relativos a orden público y obras de infraestructura, además de para cubrir los
gastos administrativos de la propia alcaldía o algún otro concepto acordado por
los ciudadanos en referéndum. En un artículo posterior especificaremos el
modelo propuesto para licitar obras de infraestructura previamente solicitadas
por los ciudadanos del municipio en referéndum consultivo municipal. Debo
mencionar que para obras que involucren dos o más municipios se creará un
organismo ad hoc que organizará la
alianza estratégica entre esos municipios; el referéndum correspondiente estará
a cargo del tribunal de identificación, como ya fue descrito con anterioridad.
Pero concentremos nuestros
esfuerzos ahora en el pago de tributos de cada ciudadano y los distintos
mecanismos disponibles para tal fin:
a)
Pago
en taquilla
Sistema tradicional: cada alcaldía tendrá taquillas
para el pago de los impuestos municipales, como sucede actualmente, y su
procedimiento específico.
b)
Pago
por transferencia bancaria
Este procedimiento es también tradicional y específico
para cada alcaldía.
c)
Uso
del Plataforma Leander con ficha
electrónica Leandercoin
Introducimos la innovación tecnológica en este
mecanismo. Incorporamos una aplicación de control para el ciudadano que
consiste en el uso de una plataforma basada en tecnología Blockchain, llamada Plataforma
Leander, y una ficha (Leandercoin)
que permite al usuario y a la alcaldía interactuar directamente, como si se
tratara de un contrato inteligente para el cual la ficha Leandercoin activa la plataforma Plataforma Leander. La ficha serviría como instrumento para liberar el
pago de tributos municipales por parte del ciudadano, a cambio de los detalles
del gasto mensual presupuestado y previamente acordado en referéndum, además
del informe financiero y operativo de cada alcaldía. La idea es que el
contribuyente tenga un mecanismo adicional de pago que implique la verificación,
vía electrónica, de cada ítem de costo y gasto, de manera que funja como
contralor individual de su alcaldía si así lo dispone voluntariamente.
Hemos
decidido incorporar estas nuevas herramientas tecnológicas en virtud de que la
mayoría de los proyectos de reformas políticas, económicas y sociales no contemplan
los aspectos administrativos y operativos pertinentes. La incorporación de
nuevas tecnologías, en general, se rezaga en cada proceso gubernamental y ello desemboca
en excesiva burocracia y en una desvinculación total entre la lógica, que toda
propuesta liberal declara como imperativo categórico, y la ejecución. Creo que una
propuesta teórica actual, fundamentada en las ciencias sociales (política,
economía y derecho), también debe incluir aspectos relevantes de las ciencias
administrativas y de las ciencias de la computación como parte vital.
Por otro
lado, es necesario aclarar que el Leandercoin
no es una moneda, sino una ficha que activa un contrato inteligente de tal
manera que la alcaldía envíe el informe financiero y la ficha, y el
contribuyente libere los fondos para el pago de los impuestos en la cuenta
bancaria de la alcandía: el contribuyente obtendrá tanto el informe financiero
como la cantidad de Leandercoin
necesarios para la transacción que debe realizar. Este sistema funciona de
manera análoga a ciertas lavanderías en las que, para activar una máquina de
lavado determinada, se debe usar un coin
de bronce que debió ser adquirido por el cliente con anterioridad pagando su
costo al dueño de la lavandería. En el caso que nos compete, el ciudadano se
queda con los Leandercoin entregados
por la alcaldía junto con el mencionado informe. La persona tendrá una
billetera (wallet) en la que
acumulará sus fichas Leandercoin. Aunque
la ficha no ha sido concebida en principio para fungir como una moneda, sino
como un mecanismo de pago de tributos municipales, es probable que el ciudadano
–sobre la base del orden espontáneo– comience a usarla como una criptomoneda
para intercambiar bienes y servicios con otros ciudadanos del mismo municipio u
otros lugares.
Tal como
lo expliqué en el artículo previo titulado Sistema
municipal con una única retención al consumo, administrado por los ciudadanos,
los incentivos creados por el sistema propuesto promoverán el uso de
instrumentos financieros, como las criptomonedas, tendentes a reducir de forma
paulatina el pago de impuestos, para obligar al Estado a comprimir el gasto
público e invertir en tecnología, a los efectos de proveer más productividad y
mejor servicio a los ciudadanos. En este contexto, el Leandercoin podría ser usado por las personas de forma voluntaria y
libre para intercambiar bienes y servicios, tal como ocurre en la actualidad
con el ether y el bitcoin, cuyas plataformas (Ethereum y Bitcoin) se asemejan al concepto del Plataforma Leander.
La plataforma Plataforma Leander será usada por los tribunales
de identificación para también incorporar la tecnología Blockchain en los procesos de cedulación, pasaportes, elecciones,
referenda, registro de empresas privadas, entre otros. La finalidad es revestir
de seguridad y transparencia tales procesos, y eliminar carga burocrática
innecesaria. Pero abordaremos esto tópico específico en otros artículos.
White Paper de la plataforma Leander (Borrador)
LeanderCoin (LEC)
Sistema de
pago de tributos basado en Blockchain
Extracto
Los principales objetivos del
proyecto Plataforma Leander se resumen
a continuación.
Propósito específico de políticas públicas
Creación
de una criptomoneda para activación de la plataforma Leander, tipo contrato inteligente entre el ciudadano y el
municipio, para el pago de tributos a la alcaldía. La alcaldía deberá entregar
un informe financiero y gerencial detallado de sus costes y gastos, además de reservar
la cantidad de fichas Leandercoin asociadas
con la operación de cada ciudadano. Esta fase del proceso será previa a la
recepción del pago de tributos por parte de la alcaldía. El ciudadano, una vez
satisfecho con los resultados del informe, pagará sus tributos vía
transferencia bancaria o depósito a la alcaldía correspondiente y ésta liberará
los Leandercoin reservados con
anterioridad en la billetera (wallet)
del contribuyente.
Propósito económico y social de
reforma del Estado en el ámbito fiscal
El método de pago vía Plataforma Leander descrito en este
artículo creará, de forma natural, un mercado secundario para la ficha Leandercoin como moneda: bastará con que
dos o más usuarios acuerden voluntariamente usarla como medio de intercambio
para negociar productos o servicios. Ninguna ley o concepto podrá prohibir su
uso porque las instituciones partirán del principio fundamental que consagra la
libertad monetaria: “No habrá moneda de curso forzoso en todo el territorio
nacional”. Esta premisa garantizará el derecho a la libertad de elegir y el
resguardo de la propiedad privada de cada ciudadano, y no podrá ser violentado
por ninguna persona ni ningún órgano del gobierno.
Sobre la base del incentivo fiscal de
que no habrá retenciones asociadas con el consumo pagado vía Leandercoin (u otra criptomoneda),
efectivo o intercambio directo de bienes y servicios, tal como se indicó en el
artículo previo titulado Sistema
municipal con una única retención al consumo, administrado por los ciudadanos, se creará un mercado secundario
cuando las personas –con el objeto de evitar la retención de la que serían
objeto si usasen el sistema financiero tradicional– comiencen a usarlo. Visto
desde otro ángulo, el control de la alta gerencia de los gobiernos municipales estará
descentralizado y en manos de la más pequeña minoría: el individuo, que en el
caso del municipio es el ciudadano contribuyente.
La ficha Leandercoin funcionará como unidad de cuenta de la plataforma Plataforma Leander y será la base para
impulsar futuras automatizaciones de procesos como elecciones y censos
nacionales para la identificación ciudadana. Por tal razón, el recurso
tecnológico estará en manos del tribunal de identificación ciudadana de cada
municipio, organismo que suministrará –según el mismo esquema operativo descrito
para el binomio alcaldía-ciudadano– las fichas Leandercoin a la alcaldía correspondiente; tales fichas son las que
empleará la alcaldía en el proceso de pago del contribuyente que haya decidido
usar el mecanismo Leandercoin.
Reitero que la plataforma Leander será administrada por
el tribunal de identificación ciudadana y que en ningún momento su ficha podrá
ser declarada como moneda oficial, aunque –como indiqué antes– pueda ser usada
como tal (de facto) si se genera un mercado secundario espontáneo. El Leandercoin debe entenderse como un activo
electrónico que habilitará el contrato inteligente entre la alcaldía y el
ciudadano para intercambiar el informe financiero y operativo mensual por el
pago de tributos: el ciudadano no transferirá el dinero a la alcaldía mientras
no reciba el informe del mes anterior y esté de acuerdo con él; y la alcandía,
por su parte, no liberará la ficha Leandercoin
mientras no reciba el pago de los tributos del ciudadano.
Alcance de uso
Si alguna comunidad o asociación civil
decide darle un uso más particularizado al sistema, solicitará la activación
pertinente al tribunal de identificación ciudadana que corresponda; éste procederá
con la activación de mecanismos muy similares a los que operan en la propia
alcaldía en lo concerniente a la recaudación de tributos, con la diferencia de
que la asociación civil solicitante –por ser un organismo privado y no público–
no estará sujeta a auditorías y control por parte del tribunal de
identificación ciudadana. De esta manera, la plataforma podrá tener un uso más amplio
y no sólo limitado a organismos gubernamentales. Por ejemplo, las juntas de
condominio de urbanizaciones, barrios y edificios podrán solicitar al tribunal
de identificación ciudadana acceso a la plataforma Leander para un uso específico, y podrán también
utilizarla para controlar y exigir calidad a las empresas privadas que presten
servicios a tales juntas o comunidades.
Plataforma
Leander ha sido concebido como una plataforma de servicio público, de libre
elección, por lo que nunca ninguna autoridad podrá acapararla para su uso
exclusivo.
Existe también un beneficio ecológico asociado
con el uso de Leandercoin: se suprimen la necesidad de usar papel como medio de
pago y los costos relativos a procesos implícitos.
Tabla de niveles de
uso de la Plataforma Leander
Econ. Humberto J. Rivero Meléndez, MSc.
Agradezco especialmente a los profesores Hugo
Faría, Rafael Acevedo y Luis Cirocco de Econintech A.C. por sus comentarios y
revisión.
Econintech
A.C. se reserva todos los derechos de la propuesta contenida en este artículo,
tanto a nivel nacional como a nivel internacional.